
¿Si cierro mi negocio tengo derecho a paro? Todo lo que necesitas saber
Cerrar un negocio es una decisión difícil, y más aún cuando surge la duda de si tienes derecho a paro después del cierre. Muchos autónomos y empresarios desconocen qué opciones tienen tras cesar su actividad, pero la buena noticia es que en algunos casos sí pueden acceder a una prestación por desempleo.
En esta guía, te explicamos cuáles son los requisitos para cobrar el paro tras cerrar un negocio, cómo calcular la cuantía que podrías recibir y qué alternativas existen si no cumples los requisitos.
¿Qué significa cerrar un negocio y cómo afecta al derecho a paro?
Cerrar un negocio implica el cese definitivo de la actividad económica, ya sea porque el autónomo decide dejar de operar o porque la empresa no es viable. Sin embargo, esto no garantiza automáticamente el derecho a paro, ya que la Seguridad Social establece ciertos criterios específicos para acceder a la prestación por cese de actividad.
Requisitos para acceder al paro tras el cierre de un negocio
Para poder cobrar la prestación por cese de actividad (el equivalente al paro de los autónomos), debes cumplir los siguientes requisitos:
- Estar dado de alta como autónomo y haber cotizado por cese de actividad al menos 12 meses seguidos antes del cierre.
- Justificar que el cierre del negocio es por causas económicas, técnicas, organizativas o de fuerza mayor.
- No haber alcanzado la edad de jubilación ni estar realizando otra actividad remunerada.
- Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
Documentación necesaria para solicitar el paro
Para tramitar la prestación, necesitarás presentar:
- Modelo oficial de solicitud del cese de actividad.
- Declaración de los motivos del cierre (por pérdidas económicas, inviabilidad del negocio, etc.).
- Certificación de Hacienda que acredite el cese de actividad.
- Últimas declaraciones fiscales y documentación contable del negocio.
Situaciones específicas: autónomos y empresarios
Si eres autónomo, tu derecho al paro depende de si has estado cotizando por cese de actividad. En cambio, si eres socio o administrador de una empresa, deberás demostrar que el cierre fue debido a causas objetivas (quiebra, deudas, disolución forzosa) y que no tienes otros ingresos.
¿Cómo calcular la prestación por desempleo tras cerrar un negocio?
Duración y cuantía de la prestación
La duración del paro para autónomos se calcula en función del tiempo que hayas cotizado por cese de actividad:
- 12 a 17 meses cotizados → 4 meses de prestación.
- 18 a 23 meses cotizados → 6 meses de prestación.
- 24 a 29 meses cotizados → 8 meses de prestación.
- Más de 48 meses cotizados → 12 meses de prestación.
La cuantía se establece en base al 70% de la base reguladora de los últimos 12 meses cotizados. En la práctica, la cantidad mensual suele estar entre 560€ y 1.200€, dependiendo de lo que hayas cotizado.
Ejemplos prácticos para entender el cálculo
- Si un autónomo ha cotizado 2 años con una base de 1.200€/mes, su prestación sería el 70% de esa cantidad → 840€/mes durante 8 meses.
Si ha cotizado el mínimo obligatorio (960€ base), recibiría 672€/mes.
Pasos para solicitar el paro después de cerrar tu negocio
- Dar de baja el negocio en Hacienda y la Seguridad Social.
- Solicitar el reconocimiento del cese de actividad en tu mutua colaboradora.
- Presentar la documentación justificativa ante la Seguridad Social.
- Esperar la resolución (aproximadamente 30 días).
Alternativas si no cumples los requisitos para acceder al paro
Ayudas complementarias y planes de apoyo
Si no puedes acceder al paro, aún existen opciones:
- Subsidio extraordinario para autónomos en situación de vulnerabilidad.
- Ayudas autonómicas y municipales para emprendedores en reconversión.
- Prestaciones por insuficiencia de ingresos.
Formación y reciclaje profesional
Si el cierre de tu negocio significa que debes reinventarte, existen programas de formación subvencionados por el SEPE y otras instituciones para ayudarte a reorientar tu carrera profesional.
Consejos para planificar el cierre de tu negocio y proteger tus derechos
- Consulta con un asesor fiscal y laboral antes de tomar la decisión final.
- Revisa si cumples los requisitos para el paro y haz los trámites con tiempo.
- Explora nuevas oportunidades y alternativas para mantener tu estabilidad financiera.
Preguntas frecuentes sobre el paro tras el cierre de un negocio
¿Es obligatorio haber cotizado por cese de actividad para cobrar el paro?
Sí, si no cotizaste específicamente por cese de actividad, no tendrás derecho a esta prestación.
¿Qué pasa si tengo deudas con la Seguridad Social?
Debes regularizar tu situación antes de solicitar la prestación. En algunos casos, puedes pedir un aplazamiento de pago.
¿Puedo trabajar mientras cobro la prestación por cese de actividad?
No, salvo que sea un empleo a tiempo parcial, en cuyo caso se reducirá proporcionalmente el paro.
Conclusión: Asegura tu futuro al tomar decisiones informadas
Si te preguntas "si cierro mi negocio, tengo derecho a paro", la respuesta dependerá de tu situación y de si has cotizado lo suficiente. Planificar bien el cierre y conocer las opciones disponibles te ayudará a tomar la mejor decisión.
Antes de dar el paso, infórmate, consulta a un experto y evalúa todas las alternativas para proteger tu estabilidad económica.